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Membresía

Quién puede ingresar, cómo se aprueba la admisión y qué derechos tiene cada asociado.

Dos categorías para nuevos asociados

Puedes solicitar el ingreso como asociado activo o adherente. La diferencia principal es tu participación en las decisiones de la sociedad.

Asociados activos

Quién puede postular: una persona o una entidad. Debe acreditar las certificaciones, la experiencia profesional u otros requisitos que establezca SNAT. El reglamento firmado no detalla qué certificaciones ni cuánta experiencia se exigen.

Participación en las asambleas
Pueden intervenir en las reuniones y votar las decisiones de la sociedad.
Elecciones y cargos
Pueden elegir a los órganos de gobierno y postular a ellos. Para postular al Consejo Directivo deben llevar al menos dos años ininterrumpidos como asociados activos.

Asociados adherentes

Quién puede postular: una persona interesada en los fines de SNAT. Los documentos no fijan una certificación ni una experiencia mínima para esta categoría; dejan las condiciones específicas al Consejo Directivo.

Participación en las asambleas
Pueden intervenir y expresar su opinión en las reuniones, pero no votar las decisiones.
Elecciones y cargos
No votan en las elecciones ni pueden ocupar cargos en los órganos de gobierno de SNAT.

El Consejo Directivo establece las condiciones adicionales de ingreso y permanencia.

Requisitos para ingresar

Para cualquiera de las dos categorías, debes:

Los documentos no fijan una certificación obligatoria, un mínimo de años de experiencia ni una lista de documentos para postular. Esas condiciones deben ser precisadas por el Consejo Directivo.

Cómo solicitar el ingreso

Completa el formulario de solicitud. SNAT revisará la categoría y la información que declares antes de decidir tu admisión.

Completar solicitud de ingreso
  1. Solicitud

    Presentas una solicitud a SNAT, indicando si postulas como activo o adherente, y acreditas los requisitos que el Consejo haya establecido.

  2. Evaluación

    El Comité de Admisión revisa si cumples los requisitos y recomienda aceptar o rechazar la solicitud.

  3. Aprobación

    El Consejo Directivo aprueba o deniega el ingreso, tomando en cuenta la recomendación del Comité.

  4. Registro

    Adquieres la condición de asociado cuando tu admisión está aprobada y figuras en el registro de asociados.

El Consejo Directivo fija las cuotas. Si establece una cuota de ingreso, su pago también es requisito de admisión.

Solicitud de ingreso a SNAT

Los campos marcados con * son necesarios para recibir y evaluar tu solicitud. Completar el formulario no concede la membresía.

1. Contacto y categoría
2. Formación y experiencia

Declara tu formación y experiencia para la evaluación. Estos campos no suponen que exista una certificación o antigüedad obligatoria.

3. Declaraciones

Tus datos se utilizan para gestionar esta solicitud. Esta autorización no incluye comunicaciones comerciales. Para solicitar su corrección o retiro, puedes responder a la comunicación de SNAT sobre tu postulación.

Derechos

  • Participar en las actividades de la sociedad en las mismas condiciones que el público general.
  • Solicitar información sobre la gestión institucional y económica.
  • Expresar tu opinión en las asambleas; votar si eres asociado activo o fundador.

Compromisos

  • Cumplir el estatuto, el reglamento y el código de ética.
  • Contribuir a los fines de la asociación.
  • Pagar las cuotas ordinarias y extraordinarias que establezca el Consejo Directivo y cumplir los cargos o comisiones asignados.

La membresía no concede derechos a utilidades, excedentes ni beneficios patrimoniales de la asociación.

Preguntas frecuentes

¿Necesito CFTe o MFTA para solicitar la membresía?

El estatuto no exige CFTe o MFTA a todos los postulantes. Para los asociados activos menciona certificaciones, experiencia profesional u otros requisitos. El reglamento interno debe precisar qué se acredita en cada categoría.

¿Puede solicitar la admisión una empresa?

Sí. Las personas jurídicas pueden ser admitidas como asociados activos si cumplen los requisitos correspondientes.

¿La incorporación es automática?

No. Requiere evaluación, aprobación por el Consejo Directivo e inscripción en el registro de asociados.

¿Ser asociado equivale a una certificación profesional?

No. La membresía y las credenciales profesionales son distintas. Cada asociado debe comunicar con precisión las certificaciones que ha obtenido.

¿Puedo renunciar a la membresía?

El estatuto contempla la renuncia escrita presentada al Consejo Directivo.